El Instituto
- ¿Quiénes somos?
- Misión, Visión y Principios
- El IEEM en el tiempo
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- Instalaciones (croquis edificio)
La Junta Distrital tiene la obligación de garantizar los derechos de la ciudadanía al cumplir con los programas que la Junta General, determina e informa a esta y al Consejo Distrital el desarrollo de sus actividades.
Para que las y los mexiquenses puedan emitir su voto el día de la Jornada Electoral, propone a los Consejos Distritales el número y la ubicación de las casillas que habrán de instalarse. También se encarga de capacitar a las personas que integrarán las Mesas Directivas de Casilla.
Con el objetivo de asegurar la equidad y que cada partido y candidatura tengan las mismas oportunidades, colabora en la supervisión de su acceso a medios de comunicación en radio y televisión durante las precampañas y las campañas locales.
Integración de la Junta Distrital
Las Juntas Distritales son órganos temporales que se integran para cada proceso electoral ordinario, por un vocal Ejecutivo, un vocal de Organización Electoral y un vocal de Capacitación (Artículo 206 del CEEM).
Atribuciones de la Junta Distrital
Las Juntas tendrán, en su respectivo ámbito, las siguientes atribuciones (Artículo 207 del CEEM):