Junta General
Dirección de Partidos Políticos
Dr. Osvaldo Tercero Gómez GuerreroDirector de Partidos Políticos
Oficina: 722 275.73.00 ext. 3700
Correo electrónico: osvaldo.gomez@ieem.org.mx / dpp@ieem.org.mx
DATOS GENERALES:
Nombre: Osvaldo Tercero Gómez Guerrero
Lugar y fecha de nacimiento: Toluca, México, 17 de febrero de 1971.
PERFIL ACADÉMICO:
Es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México.
Cursó la Maestría en Derecho por la Universidad en Estudios de Posgrado en Derecho, cédula en trámite.
Actualmente cursa el doctorado en Derecho por la Universidad en Estudios de Posgrado en Derecho, cédula en trámite.
TRAYECTORIA LABORAL:
Director General de Participación Social del Gobierno del Estado de México del 16 de septiembre del 2017 al 15 de marzo de 2019.
Director General de Gobierno, Región Nezahualcóyotl del Gobierno del Estado de México del 7 de abril de 2015 al 15 de septiembre de 2017.
Coordinador de Enlace Institucional de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México, del 16 de octubre de 2008 al 4 de abril de 2015.
Nota: Datos proporcionados por el propio Servidor Público
¿Qué función realiza esta Dirección?
La Dirección de Partidos Políticos tiene el encargo de recibir las solicitudes de registro de las organizaciones que busquen convertirse en partidos políticos; se coordina con la Dirección de Administración, para entregar el financiamiento al que los Partidos Políticos tienen derecho; apoya a la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión en la elaboración y presentación de pautas y en la vigilancia de los contenidos de los mensajes de los Partidos Políticos y de Instituto en medios de comunicación social.
CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
LIBRO CUARTO
Del Instituto
TÍTULO SEGUNDO
De los Órganos Centrales
CAPÍTULO SEXTO
De las direcciones
Artículo 202. La Dirección de Partidos Políticos tiene las siguientes atribuciones:
- Conocer de las notificaciones que formulen las organizaciones que pretendan constituirse como partidos políticos locales y realizar las funciones correspondientes.
- Recibir las solicitudes de registro de las organizaciones que hayan cumplido los requisitos establecidos en este Código e integrar el expediente respectivo para que el Secretario
- Ejecutivo lo someta a la consideración del Consejo General.
- Inscribir en el libro respectivo el registro de partidos, así como los convenios de coaliciones y de fusión.
- Coadyuvar con la Dirección de Administración para el suministro a los partidos políticos nacionales o locales con registro, del financiamiento público al que tienen derecho.
- Llevar a cabo los trámites necesarios para que los partidos políticos nacionales o locales con registro puedan disponer o hacer efectivas las prerrogativas a las que tienen derecho.
- Llevar el libro de registro de los integrantes de los órganos directivos de los partidos políticos y de sus representantes acreditados ante los consejos General, distritales y municipales electorales.
- Llevar los libros de registro de los candidatos a los puestos de elección popular.
- Acordar con el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia.
- Apoyar a la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión en la elaboración y presentación de pautas y en la vigilancia de los contenidos de los mensajes de los Partidos Políticos y el Instituto en los medios de comunicación social.
- Las demás que le confiera este Código.