Unidad de Transparencia

Acceso a la Información Pública

Guía para la presentación de solicitudes de información pública


Costos por reproducción

El acceso a la información es gratuito; sin embargo, conforme a lo que dispone el artículo 174 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios en caso de existir costos para obtener la información deberán cubrirse de manera previa a la entrega y no podrán ser superiores a la suma de:

I. El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información;

II. El costo de envío, en su caso; y

III. El pago de la certificación de los documentos, cuando proceda.

Las cuotas de los derechos aplicables deberán establecerse, en su caso, en el Código Financiero del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables.

En su determinación se deberá considerar que los montos permitan o faciliten el ejercicio del derecho de acceso a la información.

La información deberá ser entregada sin costo, cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples. Las unidades de transparencia podrán exceptuar el pago de reproducción y envío atendiendo a las circunstancias socioeconómicas del solicitante, en términos de los lineamientos que expida el Instituto.

De acuerdo con el artículo 73 del Código Financiero del Estado de México vigente en el ejercicio fiscal 2024 el pago de los derechos por la expedición de los siguientes documentos corresponderá:

I.Por la expedición de copias certificadas:

A). Por la primera hoja. $103
B). Por cada hoja subsecuente. $50

II.Copias simples:

A). Por la primera hoja. $27
B). Por cada hoja subsecuente. $3

III. …

IV. Por la expedición de medios magnéticos. $27

V. Por la expedición de información en disco compacto. $40

VI. Por el escaneo y digitalización de cada hoja relativa a los documentos que sean entregados por vía electrónica, en medio magnético o disco compacto. $1


Para los supuestos establecidos en las fracciones IV y V, el solicitante podrá, en ejercicio del derecho a la información pública, aportar el medio en el que se requiera le sea proporcionada la información, en cuyo caso no habrá costo que cubrir.



Correlativo a ello, la Junta General de este Instituto Electoral mediante Acuerdo IEEM/JG/20/2024, en la Segunda Sesión Ordinaria de fecha 12 de febrero de 2024, determinó la aprobación del procedimiento “Por el que se actualizan los montos por concepto de reproducción o modalidad de entrega solicitada de documentos destinados a la atención de solicitudes de información pública y derechos ARCO”, así como el procedimiento para la recepción de los recursos.” Mediante el cual se establecieron los costos previstos en el del Código Financiero.

Dicho procedimiento puede ser consultado en el siguiente apartado

Procedimiento para la Recepción de los recursos derivados del cobro por concepto de reproducción o modalidad de entrega solicitada de documentos destinados a la atención de solicitudes de Información Pública y de Derechos ARCO.

No se omite mencionar que dicho Acuerdo puede ser consultado en esta dirección electrónica
https://www.ieem.org.mx/transparencia2/pdf/fraccionIII/ACDO_IEEM_JG_20_2024.pdf

consultables en formato PDF y TXT.

La cuenta bancaria en la cual se deberá realizar el pago es 51500373652 de la Institución Bancaria Santander. 


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Declaratorias sobre transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales durante los procesos electorales locales.


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