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DIFUSIÓN Y OBLIGACIONES

Deberes y Obligaciones de las Personas Servidoras Públicas Electorales

Valores


Las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus funciones asumirán como propios y ajustarán su actuar a los valores siguientes:

  • a) Cooperación: Colaborar entre sí y propiciar el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas del Instituto, con el objeto de generar plena vocación del servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en el Instituto.
  • b) Entorno Cultural y Ecológico: Evitar la afectación del patrimonio cultural y de los ecosistemas; asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, además de promover en la sociedad su protección y conservación al ser el principal legado para las generaciones futuras.
  • c) Equidad de género: Garantizar que mujeres, hombres y cualquier otro género, accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; programas y beneficios institucionales; y empleos, cargos y comisiones del Instituto.
  • d) Igualdad y no discriminación: Prestar sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, preferencia basada en el origen étnico, nacionalidad, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad, filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o por cualquier otro motivo.
  • e) Interés Público: Buscar en todo momento la máxima atención a las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
  • f) Liderazgo: Ser guía, ejemplo y promotor del Código; fomentar y aplicar en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y las leyes les imponen, así como los valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública.
  • g) Respeto: Otorgar un trato digno y cordial a las personas en general, a sus compañeros y compañeras de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propicien el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.
  • h) Respeto a los Derechos Humanos: Respetar, garantizar, promover y proteger los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad y convencionalidad.

Artículo 6 del Código de Ética del Instituto Electoral del Estado de México.