INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

ACUERDO N°. IEEM/JG/12/2012

Por el que se aprueba la Lista de Aspirantes a Consejeros Electorales Municipales 2012 y su remisión a la Comisión de Organización y Capacitación, para los efectos previstos en los párrafos décimo segundo y décimo tercero del inciso “H” del numeral IV, de los Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para la Elección de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos de 2012.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria de fecha diecinueve de octubre de dos mil once, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/140/2011, los “Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para la Elección de Diputados y Miembros de Ayuntamientos 2012”.
   
2. Que conforme a los Lineamientos referidos en el Resultando anterior, en el periodo comprendido del veintiséis de octubre al quince de noviembre de dos mil once, excepto los días uno y dos de noviembre, a través del personal comisionado en las cuarenta y cinco sedes regionales correspondientes, se llevó a cabo el procedimiento de recepción de Cédulas de Registro de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales y la documentación correspondiente, por lo que se recibieron 6,763 cédulas de aspirantes a consejeros electorales distritales y municipales.
   
3. Que a partir del veintiséis de octubre del año dos mil once, la Secretaría Ejecutiva General recibió, revisó y ordenó los expedientes de los Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales, remitiéndolos a la Dirección de Organización quien recibió y resguardo los expedientes, e inició la revisión de los expedientes y de la información en el “Sistema de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales para la Elección de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos 2012”. Por su parte la Unidad de Informática y Estadística, recibió de la Secretaría Ejecutiva General las Cédulas de Registro Originales de los aspirantes a consejeros electorales, procediendo a la captura de los datos contenidos en esos documentos, en el Sistema referido, para posteriormente, remitir a la Dirección de Organización las Cédulas Originales y que ésta procediera a la revisión de datos señalada en líneas anteriores.
   
4. Que en fecha nueve de diciembre del año dos mil once, se recibió en la Secretaría Ejecutiva General, el oficio número IEEM/DO/2410/2011 suscrito por el Director de Organización, mediante el cual remitió la “Lista Preliminar de Aspirantes a Consejeros Distritales”, ordenada alfabéticamente considerando el municipio y el primer apellido de los aspirantes, a fin de que fuera sometida a la consideración de esta Junta General para su aprobación y posterior envío a la Comisión de Organización y Capacitación
   
5. Que en sesión extraordinaria celebrada en fecha nueve de diciembre del año dos mil once, esta Junta General aprobó mediante Acuerdo IEEM/JG/80/2011, la “Lista Preliminar de Aspirantes a Consejeros Distritales”, ordenada alfabéticamente considerando el municipio y el primer apellido de los aspirantes, y ordenó su envío a la Comisión de Organización y Capacitación
   
6. Que en fecha dieciséis de diciembre del año dos mil once, se presentó ante la Secretaría Ejecutiva General, el oficio número IEEM/DO/2449/2011 suscrito por el Director de Organización, mediante el cual remite la “Lista Consolidada de Aspirantes a Consejeros Distritales”, ordenada alfabéticamente considerando el municipio y el primer apellido de los aspirantes, a fin de que fuera sometida a la consideración de esta Junta General para su aprobación y posterior envío a la Comisión de Organización y Capacitación.
   
7. Que la Junta General de este Instituto, en su sesión extraordinaria del día veintiséis de diciembre de dos mil once, aprobó mediante Acuerdo IEEM/JC/83/2011, la “Lista Consolidada de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales para el Proceso Electoral de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos 2012”, para su remisión a la Comisión de Organización y Capacitación; acordando remitir la Lista mencionada, junto con sus anexos respectivos, al Presidente de la Comisión de Organización y Capacitación, para los efectos previstos en el tercer párrafo del inciso “H” de los Lineamientos referidos en el Resultando 1 del presente Acuerdo.
   
8. Que la Comisión de Organización y Capacitación, en sesión extraordinaria celebrada el cinco de enero del año en curso, conoció de la Lista Consolidada referida en el Resultando anterior, a la que realizó las observaciones que estimó pertinentes y ordenó remitirlas a la Junta General para que fueran atendidas.
   
9. Que el Director de Organización, mediante oficio número IEEM/DO/0021/2011, de fecha cinco de enero de dos mil doce, remitió a la Secretaría Ejecutiva General de este Instituto, un CD que contiene la “Lista Consolidada de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales”, con la finalidad de que por su conducto, se solicitara a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, el cruce de la información contenida en el citado CD, con los registros de ésta, en materia de representantes ante órganos electorales centrales y desconcentrados, y ante mesas directivas de casilla y generales que participaron en la elección federal del año 2009, asimismo el cruce con la base de datos de la última designación de consejeros electorales distritales realizada por esa Junta Local.
   
10. Que el Secretario Ejecutivo General, mediante oficio número IEEM/SEG/0182/2012, del día seis de enero del año en curso, y con fundamento en el Convenio de Apoyo y Colaboración celebrado con el Instituto Federal Electoral, solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, que a la brevedad realizara el cruce de la información descrita en el Resultando anterior.
   
11. Que el Secretario Ejecutivo General, mediante oficio número IEEM/SEG/0205/2012, de fecha seis de enero del año en curso, remitió al Jefe de la Unidad de Informática y Estadística copia simple del oficio número IEEM/COC/ST/0018/2012, signado por el Secretario Técnico de la Comisión de Organización y Capacitación, mediante el cual solicitó que se realizara a la brevedad el cruce de las “Planillas de Ayuntamientos y fórmulas de diputados ganadoras que concluyeron su periodo en 2009, con la lista consolidada de aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales 2012”.
   
12. Que el Jefe de la Unidad de Informática y Estadística del Instituto Electoral del Estado de México, mediante memorándum número IEEM/UIE/0016/2012, de fecha doce de enero del año en curso, remitió a la Secretaría Ejecutiva General de este Instituto, un listado que contiene: “el Cruce de información con respecto a la clave de elector (siete personas), aunque en algún caso se observa que el nombre es ligeramente diferente”; y “el Cruce de información con respecto al nombre completo (cinco personas), es necesario advertir que en este cruce se pueden presentar homónimos”.
   
13. Que el Vocal del Registro Federal de Electores de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, mediante oficio número RFE/VEM-00304/2012, de fecha trece de enero de dos mil doce, remitió a la Secretaría Ejecutiva General de este Instituto, en medio óptico un archivo que contiene el resultado del cruce de la “lista Consolidada de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales” con la base de datos de representantes ante órganos electorales centrales y desconcentrados, ante mesa directiva de casilla y generales que participaron en la Elección Federal del 2009, de la Vocalía de Organización Electoral, dando como resultado 14 ciudadanos encontrados.
   
14. Que el Secretario Ejecutivo General de este Instituto, mediante oficio número IEEM/SEG/0362/2012, de fecha catorce de enero de dos mil doce, remitió a la Dirección de Organización la información, recibida a través del oficio RFE/VEM-00304/2012, misma que fue mencionada en el Resultando previo.
   
15. Que el Director de Organización de este Instituto, después de verificar la información referida en el Resultando 12, solicitó a la Secretaría Ejecutiva General mediante oficio número IEEM/DO/0058/2012, de fecha dieciséis de enero de dos mil doce, que por su conducto se solicitara a la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, una nueva verificación de 24 ciudadanos que fueron representantes de partidos políticos ante mesa directiva de casilla y generales; así como de 193 ciudadanos cuya clave de elector fue corregida tras un error en la captura de ese dato en el “Sistema de Consejeros Electorales Distritales y Municipales para la elección de Diputados y miembros de los Ayuntamientos 2012”.
   
16. Que el Secretario Ejecutivo General de este Instituto, mediante oficio número IEEM/SEG/0394/2012, de fecha diecisiete de enero del año en curso, solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, a efecto de que con carácter de urgente, se completara el cruce de la información mencionada en el Resultando anterior.
   
17. Que el Vocal del Registro Federal de Electores de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, mediante oficio número RFE/VEM-00416/2012, de fecha diecinueve de enero de dos mil doce, remitió a la Secretaría Ejecutiva General de este Instituto, en medio óptico un archivo que contiene el resultado del cruce de la “Lista Consolidada de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales” con la base de datos de representantes ante órganos electorales centrales y desconcentrados, ante mesa directiva de casilla y generales que participaron en la Elección Federal del 2009; así como de la última designación de Consejeros Electorales Distritales para el Proceso Electoral Federal 2012.
   
18. Que el Secretario Ejecutivo General de este Instituto, mediante oficio número IEEM/SEG/0493/2012, de fecha diecinueve de enero de dos mil doce, remitió a la Dirección de Organización la información, recibida a través del oficio RFE/VEM-00416/2012, misma que fue mencionada en el Resultando anterior.
   
19. Que el Director de Organización, mediante oficio número IEEM/DO/0073/2012, de fecha veinte de enero del presente año, a efecto de dar cumplimiento a los párrafos sexto y séptimo del inciso “H” del numeral IV “Procedimiento”, de los “Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para la Elección de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos 2012”; remitió a la Secretaría Ejecutiva General de este Instituto, de manera impresa y en medio magnético la “Propuesta Preliminar de Candidatos a Consejeros Electorales Distritales 2012 (Lista definitiva de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales para el Proceso Electoral de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos 2012), a efecto de que por su conducto se sometiera a consideración de esta Junta General para su posterior remisión a la Comisión de Organización y Capacitación.
   
20. Que esta Junta General, en sesión extraordinaria celebrada el veintiuno de enero del año en curso, y una vez que fueron atendidas las observaciones de la Comisión de Organización y Capacitación a la Lista Consolidada referida en el Resultando 7, aprobó mediante Acuerdo IEEM/JG/04/2012, la Propuesta Preliminar de Candidatos a Consejeros Electorales Distritales 2012, (integrada con la Lista de aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales para el Proceso Electoral de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos 2012), y ordenó su remisión a la mencionada Comisión para los efectos previstos en el párrafo séptimo del inciso “H” de los Lineamientos que se indican en el Resultando 1 del presente.
   
21. Que la Comisión de Organización y Capacitación, en su sesión del día veintisiete de enero de dos mil doce, conoció de las observaciones  de sus integrantes a la Propuesta Preliminar de Candidatos a Consejeros Electorales Distritales 2012 y ordenó remitirlas a esta Junta General para que fueran atendidas.
   
22. Que esta Junta General, en sesión extraordinaria celebrada el veintiocho de enero del año en curso, una vez que conoció y atendió las observaciones realizadas por la Comisión de Organización  y Capacitación, aprobó mediante Acuerdo IEEM/JG/06/2012, la propuesta definitiva de candidatos a Consejeros Electorales Distritales 2012, integrada por la Lista de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y Municipales para el Proceso Electoral de Diputados y Miembros de los Ayuntamientos 2012, que ordenó remitir al Consejo General a efecto de que procediera a realizar la designación, de entre los ciudadanos que la integran, de los Consejeros Electorales Distritales para el Proceso Electoral 2012.
   
23. Que el Consejo General de este Instituto, en sesión extraordinaria celebrada el treinta y uno de enero del año en curso, designó a través del Acuerdo IEEM/CG/15/2012, a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Estado de México para el Proceso Electoral 2012.
   
24. Que el Director de Organización, mediante oficio número IEEM/DO/0108/2012, de fecha primero de febrero de dos mil doce, en cumplimiento al párrafo décimo segundo del inciso “H” del numeral IV de los Lineamientos referidos en el Resultando 1 de este Acuerdo, remitió a la Secretaría Ejecutiva General, la “Lista de Aspirantes a Consejeros Municipales 2012, a efecto que por su conducto se someta a la consideración de esta Junta General y posteriormente se remita a la Comisión de Organización y Capacitación para que la conozca, analice y, en su caso, realice las observaciones correspondientes; y
   
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que de conformidad a los artículos 11 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 78 párrafo primero del Código Electoral del Estado de México, la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que acorde al artículo 79, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral.
   
III. Que en términos de la fracción IV, del artículo 81, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México, tiene entre otros fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los ayuntamientos del Estado.
   
IV. Que el artículo 95 fracción VI del Código Electoral del Estado de México, prevé la atribución del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México de designar para la elección de diputados y miembros de los ayuntamientos, de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, a los consejeros electorales de los consejos distritales y municipales en el mes de enero  y a más tardar el quince de febrero, respectivamente, del año de la elección de que se trate. Por cada Consejero propietario habrá un suplente.
   
V. Que el artículo 119, fracción II, del Código Electoral del Estado de México, establece que en cada uno de los municipios de la Entidad, el Instituto Electoral del Estado de México contará con un Consejo Municipal Electoral.
   
VI. Que de conformidad con el artículo 112 del Código Electoral del Estado de México, los Consejos Municipales Electorales son los órganos desconcentrados del Instituto que funcionan durante el proceso electoral para la elección de diputados y ayuntamientos y se integran, entre otros miembros, por seis consejeros electorales.
   
VII. Que el artículo 123 del Código Electoral del Estado de México, establece que los Consejeros Electorales de los Consejos Municipales deberán satisfacer los mismos requisitos que los Consejeros Electorales del Consejo General, salvo el de residencia efectiva, que se entenderá referido al municipio de que se trate, y el de título profesional que no será necesario
   
VIII.

Que el artículo 1.43, fracción VI, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, confiere a la Comisión de Organización y Capacitación la atribución de vigilar la integración, instalación y funcionamiento de los Consejos Municipales.

   
IX. Que los Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para la Elección de Diputados y Miembros de Ayuntamientos 2012, numeral IV “Procedimiento”, inciso “H”, párrafos décimo primero y décimo segundo, establecen:
   
  “Los aspirantes a Consejeros Electorales que fueron incluidos en la propuesta de la Junta General para integrar los Consejos Distritales, pero que no fueron designados por el Consejo General, se tomarán en cuenta para la integración de la lista y la propuesta para designar a los Consejeros Electorales Municipales
   
  La Junta General integrará y aprobará la Lista de aspirantes por cada Municipio con la totalidad de ciudadanos que cumplen con los requisitos establecidos en el Código Electoral del Estado de México y en la convocatoria y las remitirá a la Comisión de Organización y Capacitación, para que sus integrantes revisen y, en su caso, presenten por escrito sus observaciones debidamente sustentadas, al presidente de la Comisión, quien las enviará a la Junta General”.
   
X. Que esta Junta General, una vez que conoció la Lista de Aspirantes a Consejeros Electorales Municipales 2012, elaborada por la Dirección de Organización, observa que se integra con el nombre de los ciudadanos incluidos en la propuesta de la Junta General para integrar los Consejos Distritales, pero que no fueron designados por el Consejo General como tales, en la que tampoco se incluye el nombre de un ciudadano que ya renunció al procedimiento de selección y designación (circunstancia que se indica en la parte final de la Lista de solicitudes de aspirantes a Consejeros Electorales Municipales 2012 que conforme a los Lineamientos aplicables no pueden ser considerados en la definitiva), por lo que en términos de lo previsto en los párrafos décimos primero y décimo segundo del inciso “H”, numeral IV, de los Lineamientos referidos en el Resultando 1 de este Acuerdo, estima procedente aprobar dicha Lista a efecto de que se envíe a la Comisión de Organización y Capacitación para los efectos previstos en los párrafos décimo segundo y décimo tercero  del mencionado inciso “H” de los Lineamientos de mérito.
   
   
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

 

ACUERDO

PRIMERO.-   Se aprueba la Lista de Aspirantes a Consejeros Electorales Municipales 2012, integrada en términos de los párrafos décimo primero y décimo segundo del inciso “H” del numeral IV, de los Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para la Elección de Diputados y Miembros de Ayuntamientos 2012, para su remisión a la Comisión de Organización y Capacitación.

SEGUNDO.- Se instruye al Secretario de Acuerdos, remita la Propuesta aprobada por el Punto de Acuerdo anterior,  al Presidente de la Comisión de Organización y Capacitación, para los efectos previstos en los párrafos décimo segundo y décimo tercero del inciso “H” del numeral IV, de los Lineamientos para la Integración de la Propuesta y Designación de Consejeros Electorales Distritales y Municipales, para la Elección de Diputados y Miembros de Ayuntamientos 2012.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día tres de febrero de dos mil doce, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL