INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

ACUERDO N°. IEEM/JG/08/2012

Modificación a la Plantilla de Personal Eventual de Órganos Centrales y aprobación de la Plantilla de Personal Eventual de Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2012.

 

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada el treinta de diciembre de dos mil once, aprobó a través del Acuerdo IEEM/JG/87/2011, entre otros aspectos, en una primera etapa, la Plantilla de personal eventual de Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México, para el año 2012, la cual, se indicó en el referido Acuerdo, podrá ser incrementada cuando las necesidades del Instituto así lo requieran.
   
2. Que la Dirección de Administración de este Instituto, solicitó a la Secretaría Ejecutiva General a través del oficio número IEEM/DA/0262/2012 de fecha veintisiete de enero del año en curso, someter a la aprobación de esta Junta General, la modificación a la Plantilla del personal eventual de Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2012; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que el artículo 84 del Código Electoral del Estado de México, menciona que son Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México, el Consejo General, la Junta General, la Secretaría Ejecutiva General y el Órgano Técnico de Fiscalización.
   
III. Que el Consejo General de este Instituto se integra, entre otros miembros, por un Consejero Presidente y seis Consejeros Electorales, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 86 fracción I, del Código Electoral del Estado de México.
   
IV. Que conforme al artículo 98, segundo párrafo, del Código Electoral del Estado de México, las Direcciones Jurídico-Consultiva, de Organización, de Capacitación, de Partidos Políticos, de Administración y la del Servicio Electoral Profesional, así como la Unidad de Informática y Estadística, están adscritas a la Secretaría Ejecutiva General. Asimismo, la Contraloría General, el Órgano Técnico de Fiscalización, la Unidad de Comunicación Social y el Centro de Formación y Documentación Electoral, se encuentran adscritos al Consejo General.
   
V. Que en relación a los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral del Estado de México, los artículos 110 y 119 del Código Electoral de la Entidad, establecen que este Instituto contará en cada uno de los Distritos Electorales con una Junta Distrital y con un Consejo Distrital, y en cada uno de los municipios del Estado con una Junta Municipal y un Consejo Municipal.
   
VI. Que en conformidad a los artículos 111 y 120 del Código Electoral del Estado de México, las Juntas Distritales y Municipales se integran por un Vocal Ejecutivo, un Vocal de Organización Electoral y un Vocal de Capacitación.
   
VII. Que según lo disponen los artículos 113 y 122 del Código Electoral del Estado de México, los Consejos Distritales y Municipales se integran, entre otros miembros, por seis Consejeros Electorales. 
   
VIII. Que en términos del artículo 109, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, la Dirección de Administración es el área encargada de atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.
   
IX. Que esta Junta General advierte la necesidad de que los órganos centrales del Instituto Electoral del Estado de México, con motivo del inicio del Proceso Electoral 2012, cuenten con personal eventual adicional al aprobado en el Acuerdo IEEM/JG/87/2011 referido en el Resultando 1, a fin de que puedan realizar con la oportunidad y eficacia debidas, las actividades relacionadas con dicho proceso comicial, por lo que una vez que conoció de la propuesta realizada por la Dirección de Administración, considera procedente aprobarla en una segunda etapa, en los términos presentados, en razón de que contiene las plazas eventuales adicionales que hasta este momento resultan necesarias para realizar los trabajos iniciales del proceso electoral anteriormente referido.
   
  Asimismo y ante la instalación e inicio de funciones de los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral del Estado de México para atender el proceso electoral 2012 en las fechas que se señalan en los artículos 115 párrafo primero y 124 párrafo primero del Código Electoral del Estado de México, es necesario para esta Junta General contar con la plantilla del personal eventual que integrará a los mismos.
   
En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:
   

 

ACUERDO

PRIMERO.-    Se modifica y, en consecuencia, se aprueba en una segunda etapa, la Plantilla de Personal Eventual de Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2012, así como la Plantilla de personal eventual de Órganos Desconcentrados 2012, adjuntas al presente Acuerdo para que forme parte del mismo, la cual podrá ser incrementada cuando las necesidades del Instituto así lo requieran.

SEGUNDO.-   La Dirección de Administración realizará los trámites administrativos correspondientes derivados de la modificación y aprobación de las Plantillas referidas en el Punto anterior.

TERCERO.-   La modificación a la Plantilla de Personal Eventual de Órganos Centrales del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2012, y la aprobación de la Plantilla de Personal Eventual de Órganos Desconcentrados 2012, motivo del presente Acuerdo, surtirán efectos a partir del primero de febrero del año en curso.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintiocho de enero del año dos mil doce, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL