INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Extraodinaria del día siete de diciembre del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/79/2011

Traspaso Externo de Recursos Financieros para dar suficiencia al proyecto denominado “Gestión y atención de los Recursos Materiales”.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que la H. LVII Legislatura del Estado, mediante Decreto número 250, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, el día veintiuno de  diciembre del año dos mil diez, aprobó el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año dos mil once, Decreto que en el artículo 20 asignó al Instituto Electoral del Estado de México su correspondiente Presupuesto de Egresos para el referido ejercicio fiscal, y que fue adecuado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria del día treinta y uno de enero del año dos mil once mediante Acuerdo número IEEM/CG/09/2011, denominado “Ajuste al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del año 2011”.
   
2.

Que derivado de las actividades institucionales encaminadas al Proceso Electoral del año 2012, es necesario dar suficiencia presupuestal al proyecto 7.3 “Gestión y atención de los Recursos Materiales”, para lo cual la Dirección de Administración, una vez analizados los requerimientos presupuestales, realizó, mediante oficio número IEEM/DA/3014/2011 de fecha cinco de diciembre del año en curso, dirigido a la Secretaría Ejecutiva General, la propuesta de traspaso correspondiente a efecto de que por su conducto fuera sometido a la consideración de esta Junta General; y

   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 80, señala que el patrimonio del Instituto Electoral del Estado de México, se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México.
   
III. Que el artículo 102, fracciones V, XII y XIII del Código Electoral del Estado de México, establece como atribuciones del Secretario Ejecutivo General, someter al conocimiento y, en su caso, a la aprobación de la Junta General, los asuntos de su competencia; ejercer las partidas presupuestales aprobadas por el Consejo General; así como proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
   
IV. Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos del Instituto Electoral del Estado de México, en el Título Sexto, “De los Procedimientos”, fracción I. “De los Recursos Financieros”, en el Procedimiento I.3 “Traspasos Presupuestales”, prevé que la Junta General, en materia de traspasos presupuestales recibirá la propuesta, revisará, analizará y autorizará la procedencia de los mismos.
   
V. Que la Normatividad referida en el Considerando anterior, establece como política identificada con el inciso a), del procedimiento relativo a los Traspasos Presupuestales, que cualquier modificación de naturaleza externa al presupuesto aprobado del Instituto, deberá ser autorizada por la Junta General a solicitud de la Dirección de Administración.
   
VI.

Que la Junta General, después de conocer y analizar la propuesta de traspaso presupuestal externo puesta a su consideración, y de tomar en cuenta que el importe a traspasar representa un 0.66% del presupuesto total del año en curso, aprueba efectuar el traspaso externo de las partidas presupuestales señaladas en el anexo del presente Acuerdo, a efecto de que con los recursos provenientes del traspaso se dote de suficiencia al proyecto 7.3 “Gestión y atención de los Recursos Materiales”.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además, en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba el traspaso de las partidas presupuestales y montos precisados en el anexo del presente Acuerdo, el cual forma parte del mismo.

SEGUNDO.- La Dirección de Administración, proveerá lo necesario para el cumplimiento del presente Acuerdo.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día siete de diciembre de dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL