INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Extraodinaria del día veinticinco de julio del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/56/2011

Por el que se aprueba el “Manual del Procedimiento para la Recepción y Resguardo de los Paquetes Electorales que contienen los Votos, las Boletas inutilizadas y demás Documentación Electoral de la Elección de Gobernador del 3 de Julio de 2011”.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que en sesión extraordinaria de fecha once de agosto del año dos mil diez, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/28/2010, el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2011, mismo que fue adecuado por el propio Órgano Superior de Dirección a través del Acuerdo número IEEM/CG/10/2011, de fecha treinta y uno de enero del año en curso.
   
2. Que el Programa referido en el Resultando que antecede, en la Línea Programática 3 “Programa de Organización Electoral”; proyecto específico 3.1 “Documentación Electoral”; establece como actividad 6, elaborar y coordinar el procedimiento para la recepción y resguardo, en el Órgano Central, de paquetes electorales de las casillas por sección, distrito y municipio de la elección de Gobernador 2011, a cargo de la Dirección de Organización.
   
3. Que el día tres de julio del año en curso, tuvo verificativo la jornada electoral del proceso electoral de Gobernador 2011, y una vez concluida los paquetes electorales fueron entregados por los presidentes de las mesas directivas de casilla a los respectivos Consejos Distritales y Centros de Acopio que se instalaron para tal efecto.
   
4. Que la Dirección de Organización, mediante oficio número IEEM/DO/1907/2011, de fecha veinte de julio de dos mil once, remitió a la Secretaría Ejecutiva General, el proyecto del “Manual del Procedimiento Operativo que servirá para la Recepción y Resguardo de las Cajas Paquete que contienen las Boletas y la Documentación Electoral de la Elección de Gobernador del 3 de Julio de 2011”, a efecto de que por su conducto sea sometido a la consideración de los integrantes de esta Junta General.
   
5. Que en virtud de que en los Consejos Distritales IV de Lerma, V de Tenango del Valle, VII de Tenancingo, IX de Tejupilco, XI de Santo Tomás, XII de El Oro, XVIII de Tlalnepantla, XXV de Nezahualcóyotl, XXVI de Nezahualcóyotl, XXVIII de Amecameca, XXXI de La Paz, XXXII de Nezahualcóyotl, XXXIV de Ixtapan de la Sal, XXXV de Metepec, XXXVI de Villa del Carbón, XXXVII de Tlalnepantla y XLIII de Cuautitlán Izcalli, no fueron presentado Juicios de Inconformidad, éstos celebraran sesión para clausurar los trabajos de dichos Consejos el día veintiséis de julio del año en curso, así mismo el día treinta y uno del mismo mes y año, el personal de las Juntas Distritales mencionadas concluirá su contrato de prestación de servicios, por lo que es inminente  trasladar los paquetes electorales que contienen los votos, las boletas inutilizadas y demás documentación electoral de la elección de Gobernador del 3 de julio del año 2011 correspondientes a dichos Consejos, a las instalaciones de la bodega del edificio central de este Instituto; y

   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la constitición Política de Estado libre y SOberano de Méxcio, en el artículo 11, párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78, primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.

   
II. Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 106 fracción IV, del Código Electoral del Estado de México, establece como atribución de la Dirección de Organización,  recabar de los Consejos Distritales, copias de las actas de sus sesiones y demás documentos relacionados con el proceso electoral.
   
III. Que en términos del artículo 280, párrafo segundo, del Código Electoral del Estado de México, la fecha límite para que el Consejo General realice el cómputo final de la elección de Gobernador es el día  dieciséis de agosto del año electoral.
   
IV. Que esta Junta General, una vez que conoció y analizó el proyecto del “Manual del Procedimiento para la Recepción y Resguardo de los Paquetes Electorales que contienen los Votos, las Boletas inutilizadas y demás Documentación Electoral de la Elección de Gobernador del 3 de Julio de 2011”, puesto a su consideración por la Dirección de Organización, advierte que tiene como objetivos:
  • Recibir y almacenar en la Bodega del Instituto Electoral del Estado de México, los paquetes electorales de las casillas por sección y distrito de la elección de Gobernador 2011, provenientes de los órganos distritales, y así resguardar los votos, las boletas inutilizadas y demás documentación electoral una vez que hayan sido resueltos, en su caso, los juicios de inconformidad por parte del Tribunal Electoral del Estado de México, y los juicios interpuestos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
  • Dotar a los servidores electorales de los órganos centrales y desconcentrados de un procedimiento sencillo y eficaz, que permita el traslado, la entrega - recepción y el resguardo ordenado de los paquetes electorales que contienen los votos, las boletas inutilizadas y demás documentación electoral de la elección de Gobernador del 3 julio del 2011, de las Juntas Distritales a la Bodega de este Instituto.
  • Destacar el papel del Instituto Electoral del Estado de México como una institución socialmente responsable; cuidando en todo momento y hasta el término de las resoluciones legales correspondientes, la conservación y buen estado de los paquetes electorales, así como la documentación que éstos contengan; lo anterior con la finalidad de que sean susceptibles de destrucción y/o donación para su reciclaje, según corresponda, procurando en la medida de lo posible la conservación y cuidado del ecosistema.

Asimismo, observa que el referido Manual contiene el procedimiento con su respectivo Diagrama de Flujo y sus Anexos, que explican la forma en que se realizará el traslado y entrega-recepción de las cajas que contendrán los votos, las boletas inutilizadas y demás documentación electoral de la elección de Gobernador, de los Órganos Desconcentrados a la bodega del Instituto Electoral del Estado de México.

Por lo anterior y toda vez que con la aplicación de dicho Manual el Instituto Electoral del Estado de México contará con un instrumento en el que se plasme el procedimiento que le permita recibir de los Consejos Distritales las cajas que contendrán la documentación electoral referida en el párrafo anterior para su resguardo en la bodega de su edificio sede, es por lo que esta Junta General se pronuncia por su aprobación.
   

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

 

ACUERDO

PRIMERO.-Se aprueba el Manual del Procedimiento para la Recepción y Resguardo de los Paquetes Electorales que contienen los Votos, las Boletas inutilizadas y demás Documentación Electoral de la Elección de Gobernador del 3 de Julio de 2011”, adjunto al presente Acuerdo para que forme parte del mismo.

SEGUNDO.-La Dirección de Organización proveerá lo necesario para la aplicación del Manual aprobado.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintisiete de junio del año dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL