INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Extraordinaria del día veintiocho de abril del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/33/2011

Propuestas de Sustitución de los Vocales de Organización de las Juntas Distritales XVI y XXIII, con cabeceras en Atizapán de Zaragoza y Texcoco, respectivamente, para el Proceso Electoral de Gobernador 2011.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió en fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil diez, el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” el día tres de diciembre del mismo año, en donde convocó a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el periodo comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete.
   
2. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el día dos de enero del año en curso, celebró sesión solemne con la que, con fundamento en los artículos 92 párrafo segundo y 139 del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del  día dieciséis de septiembre de año dos mil once al día quince de septiembre del año dos mil diecisiete.
   
3. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria del día diecinueve de enero de dos mil once, designó a través del Acuerdo número IEEM/CG/03/2011, a los Vocales de las Juntas Distritales para el Proceso Electoral de Gobernador 2011; a los que, conforme al Punto Tercero del mencionado Acuerdo, podrá sustituir en forma fundada y motivada, con los ciudadanos que en orden descendente, se encuentren en las listas respectivas.
   
4. Que en fecha veinte de abril del presente año, el ciudadano Jorge Rafael Zamora Venegas, presentó ante la Oficialía de Partes de este Instituto, escrito por el cual renuncia al cargo de Vocal de Organización de la Junta Distrital XXIII, con cabecera en Texcoco, Estado de México que le fuera conferido conforme al Acuerdo indicado en el Resultando anterior, escrito que obra en poder de la Dirección del Servicio Electoral Profesional.
   
5. Que el día veinticinco de abril del año en curso, el ciudadano Sergio Hernández Olvera, vía Oficialía de Partes de este Instituto, presentó escrito por el que renuncia al cargo de Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI, con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México que le fuera conferido mediante el Acuerdo mencionado en el Resultando 3, renuncia que obra en poder de la Dirección del Servicio Electoral Profesional.
   
6. Que con motivo de las renuncias que se refieren en los dos Resultandos anteriores, el Director del Servicio Electoral Profesional, a través de los oficios números IEEM/DSEP/588/2011 e IEEM/DSEP/589/2011, ambos de fecha veinticinco de abril del año en curso, remitió a la Secretaría Ejecutiva General, las propuestas de sustituciones respectivas, a efecto de que se sometan a la consideración de esta Junta General; en los oficios de mérito se propone cubrir las vacantes de forma directa con las propuestas presentadas en razón de que los trabajos de capacitación se encuentran en una fase crítica de avance e incluir a una persona de nuevo ingreso provocaría un retraso en las metas institucionales; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que de conformidad con el artículo 79, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral.
   
III. Que en términos de la fracción IV, del artículo 81, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México, tiene entre sus fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar al Titular del Poder Ejecutivo.
   
IV. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 fracciones V y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los vocales de las juntas distritales y municipales así como de acordar lo conducente para la integración, instalación, funcionamiento y suspensión de actividades de los órganos desconcentrados del Instituto, lo anterior en concordancia con el Acuerdo IEEM/CG/03/2011, referido en el Resultando 3 del presente.
   
V. Que el artículo 92 fracción I, del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, establece que un puesto podrá considerarse como vacante al estar desocupado por separación definitiva del titular.
   
VI. Que el Estatuto del Servicio Electoral, en el artículo 104, fracción I, prevé como una causa de pérdida del nombramiento eventual, por tanto baja del Servicio y conclusión de la relación laboral, sin responsabilidad para el Instituto, la renuncia.
   
VII. Que en términos del artículo 93 del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, la ocupación de una vacante de un puesto con funciones directivas en órganos desconcentrados, se llevará a cabo de acuerdo a lo señalado en el artículo 95 fracción V del Código Electoral del Estado de México, atendiendo para la elaboración de la propuesta los resultados del concurso respectivo.
   
VIII. Que atento a lo dispuesto por el artículo 1.43 fracción XIX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, corresponde a la Comisión de Organización y Capacitación, conocer y analizar las propuestas que formule la Junta General, de sustitución de ciudadanos para integrar las Juntas Distritales.
   
XI. Que ante las referidas renuncias de los ciudadanos Sergio Hernández Olvera y Jorge Rafael Zamora Venegas a los cargos de Vocales de Organización de las Juntas Distritales XVI y XXIII con cabeceras en Atizapán de Zaragoza y Texcoco, Estado de México, respectivamente, el Director del Servicio Electoral Profesional, ha sometido a la consideración de esta Junta General, como propuestas de sustitución a los ciudadanos Katia Zaldivar Silva y Héctor Miranda Alvarado respectivamente, quienes cumplieron con todas las etapas del proceso de selección de aspirantes a Vocales de las Juntas Distritales para el proceso electoral de Gobernador 2011 y que se encuentran incluidos en el listado de candidatos a Vocales Distritales que en su momento se propuso al Consejo General por esta Junta General conjuntamente con la Comisión del Servicio Electoral Profesional, listado que al excluir a los Vocales designados, se considera como lista de reserva, que es a la que se refiere el Punto Tercero del Acuerdo IEEM/CG/03/2011 mencionado en el Resultando 3 del presente.

Por lo anterior y una vez analizadas la propuestas presentadas por la Dirección del Servicio Electoral Profesional, se advierte que en el caso de la ciudadana Katia Zaldivar Silva, se ubica en el cuarto lugar del listado de candidatos a Vocales Distritales del Distrito XVI con cabecera en Atizapán de Zaragoza, propuesto en su momento al Órgano Superior de Dirección por esta Junta General.

Por su parte, en el caso de la propuesta a favor del ciudadano Héctor Miranda Alvarado, si bien ocupa el quinto lugar del listado de candidatos a Vocales Distritales del Distrito XXIII con cabecera en Texcoco, propuesto en su momento al Órgano Superior de Dirección por esta Junta General, también lo es que como lo informa la Dirección del Servicio Electoral Profesional a través del oficio número IEEM/DSEP/588/2011 referido en el Resultando 6 de este Acuerdo, la persona que ocupa el cuarto lugar dentro de dicho listado, ciudadana Beatriz Pedraza Espinosa, declinó el ofrecimiento para cubrir la vacante, circunstancia que se corrobora con el escrito de fecha veintiséis de abril del año en curso suscrito por la ciudadana en mención y que obra en poder de la Dirección del Servicio Electoral Profesional.

Asimismo, se considera que como lo sugiere la Dirección del Servicio Electoral Profesional, las sustituciones correspondientes sean realizadas directamente con los ciudadanos propuestos, toda vez que de realizar el corrimiento de quienes ocupan actualmente las Vocalías de Capacitación para que ocupen las Vocalías de Organización, los trabajos de capacitación se pondrían en riesgo, porque al ingresar personal de nuevo ingreso, éste carece de experiencia y de los conocimientos necesarios del estado actual de esta fase de capacitación, trabajos que deben cumplirse en un término perentorio, por lo tanto se pondría en riesgo alcanzar las metas institucionales que actualmente se tienen programadas en los órganos desconcentrados, ya que el programa de trabajo en este rubro es muy avanzado.   

Por lo que es procedente aprobar las propuestas en los términos en que han sido presentadas por la Dirección del Servicio Electoral Profesional y remitirlas al Consejo General para que, de estimarlo procedente, las apruebe y realice las designaciones correspondientes, lo anterior previo conocimiento y análisis de las mismas por la Comisión de Organización y Capacitación.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-   Se aprueba la propuesta de sustitución del Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI, con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en los siguientes términos:

JUNTA DISTRITAL

CARGO

VOCAL QUE SE SUSTITUYE

PROPUESTA DE VOCAL SUSTITUTO

XVI Atizapán de Zaragoza

Vocal de  Organización

Sergio Hernández Olvera

Katia Zaldivar Silva

SEGUNDO.- Se aprueba la propuesta de sustitución del Vocal de Organización de la Junta Distrital XXIII, con cabecera en Texcoco, Estado de México, en los siguientes términos:

JUNTA DISTRITAL

CARGO

VOCAL QUE SE SUSTITUYE

PROPUESTA DE VOCAL SUSTITUTO

XXIII Texcoco

Vocal de Organización

Jorge Rafael Zamora Venegas

Héctor Miranda Alvarado

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Acuerdos, remita a la Comisión de Organización y Capacitación las propuestas aprobadas, acompañadas de las listas de reserva de los Distritos Electorales XVI y XXIII con cabeceras en Atizapán de Zaragoza y Texcoco, Estado de México y de las copias de las renuncias que se mencionan en los Resultandos 4 y 5 de este Acuerdo, en conformidad y para los efectos previstos en el artículo 1.43 fracción XIX del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, para su posterior envío al Órgano Superior de Dirección a efecto de que apruebe las sustituciones y realice las designaciones correspondientes.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto presentes, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintiocho de abril de dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORAL
PROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL

   
 
 
ANEXO
A B