INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Ordinaria del día veintitrés de marzo del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/26/2011

Ampliación de la Plantilla de Plazas para Instructores y Capacitadores para el Proceso Electoral de Gobernador 2011.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada en fecha treinta de abril del año dos mil diez, aprobó a través del Acuerdo número IEEM/CG/14/2010, el Programa General del Servicio Electoral Profesional para el proceso electoral 2011, en órganos desconcentrados y la Convocatoria para instructores y capacitadores, en donde se establece el proceso de selección de los mismos.
   
2. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria de fecha dieciséis de diciembre del año próximo pasado, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/53/2010, el Programa de Capacitación Electoral para el proceso electoral 2011 y sus anexos, en el cual se incluye la plantilla de instructores y capacitadores que detalla la cantidad de puestos del Servicio Electoral Profesional con funciones técnicas, que son requeridos por distrito electoral.
   
3.

Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, en fecha tres de diciembre del año dos mil diez, en donde convocó a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el período comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete.

   
4. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el día dos de enero del año en curso, celebró sesión solemne por la que, con fundamento en los artículos 92 párrafo segundo y 139 del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del día dieciséis de septiembre de año dos mil once al día quince de septiembre del año dos mil diecisiete.
   
5. Que la Comisión del Servicio Electoral Profesional del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria celebrada en fechas veintitrés y veinticuatro de febrero del año en curso, aprobó mediante Acuerdo número 11/CSEP/2011, el “Proyecto de Listado de Aspirantes propuestos para Instructores, Capacitadores y la Lista de Reserva para cada distrito”;y ordenó su remisión a la Junta General para su análisis y aprobación definitiva.
   
6. Que la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día veinticinco de febrero del presente año, aprobó el Acuerdo IEEM/JG/19/2011, denominado “Designación de Instructores y Capacitadores, así como aprobación de la Lista de Reserva para cada Distrito Electoral, para el proceso electoral de Gobernador 2011”, por el que aprobó una plantilla de cuatrocientos treinta plazas de instructores y dos mil setecientos sesenta y nueve plazas de capacitadores, para hacer un total de tres mil ciento noventa y nueve plazas.
   
7. Que la Dirección de Administración, mediante oficio número IEEM/DA/0663/2011 de fecha veintiuno de marzo del presente año, remitió a la Secretaria Ejecutiva General la solicitud de ampliación de la plantilla aque se refiere el Resultando anterior, en el sentido de adicionar tres plazas de instructores y siete plazas de capacitadores, con una vigencia del dieciséis de marzo al quince de junio de dos mil once, con la finalidad de contar con el personal que pueda suplir, de ser el caso, a los instructores y capacitadores que, por incapacidad médica, se encuentren impedidos temporalmente para realizar las actividades que tienen encomendadas; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que en términos del artículo 109 fracción VI del Código Electoral del Estado de México, corresponde a la Dirección de Administración, atender las necesidades administrativa de los órganos del Instituto Electoral del Estado de México.
   
III. Que el artículo 112, fracción IV, del Código Electoral del Estado de México, establece la atribución de las Juntas Distritales, relativa a capacitar a los ciudadanos que habrán de integrar las Mesas Directivas de Casilla.
   
IV. Que de conformidad con el párrafo tercero del artículo 128 del Código Electoral del Estado de México, los Consejos Distritales Electorales tomarán las medidas necesarias a fin de que los ciudadanos designados para integrar las Mesas Directivas de Casilla reciban, con la anticipación debida, al día de la elección, la capacitación adecuadapara el desempeño de sus funciones, la cual estará a cargo de las Juntas correspondientes.
   
V. Que el artículo 166, párrafo cuarto, del Código Electoral del Estado de México, precisa que las Juntas Distritales impartirán un curso de capacitación a los ciudadanos sorteados que integrarán las Mesas Directivas de Casilla.
   
VI. Que en términos del artículo 3 del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, el Servicio Electoral Profesional es un sistema que se integra por servidores electorales calificados profesional o técnicamente, para el desempeño de sus funciones y que opera a través de los mecanismos de selección, ingreso, permanencia, profesionalización, formación, promoción, desarrollo y evaluación.
   
VII. Que de conformidad con la fracción I del artículo 4 del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, el referido Servicio tiene por objeto, entre otros aspectos, dotar al Instituto Electoral del Estado de México de personal profesional, permanente y eventual, calificado para la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales.
   
VIII. Que atento a lo dispuesto por el artículo 20, fracción II, del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, el Servicio Electoral Profesional se integrará, en los órganos desconcentrados, en el nivel de funciones técnicas, por instructores y capacitadores, estos últimos quienes eventualmente realizarán funciones de personal de apoyo en las Juntas Distritales.
   
IX. Que de conformidad con el artículo 99, segundo párrafo, del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, tratándose de los órganos desconcentrados, las designaciones relativas a los puestos con funciones técnicas serán aprobadas por la Junta General, considerando fundamentalmente los resultados de las evaluaciones por orden de prelación; las sustituciones en estos puestos serán llevadas a cabo por la Dirección del Servicio Electoral Profesional apegándose a la lista de reserva autorizada.
   
X. Que esta Junta General, una vez que conoció la propuesta de la Dirección de Administración que se refiere en el Resultando 7 del presente Acuerdo, estima procedente aprobarla con los ajustes propuestos por los integrantes de la misma,a efecto de que el Instituto Electoral del Estado de México, cuente con el personal necesario para suplir, de ser el caso, a los capacitadores o instructores que, por incapacidad médica superior a quince días, se encuentren impedidos temporalmente para ejercer las actividades que tienen encomendadas.

Por tanto, se autoriza un incremento en la plantilla de instructores y capacitadores para el proceso electoral de Gobernador 2011, en los siguientes términos:

      1. Tres plazas adicionales de instructores, con una vigencia del dieciséis de marzo al quince de julio de dos mil once, para pasar de cuatrocientos treinta a cuatrocientos treinta y tres plazas;
      2. Veinte plazas adicionales de capacitadores, con una vigencia del dieciséis de marzo al quince de julio de dos mil once, para incrementarse de dos mil setecientos sesenta y nueve a dos mil setecientos ochenta y nueve plazas.

Por lo que la plantilla para instructores y capacitadores para el proceso electoral de Gobernador 2011, se incrementa de tres mil ciento noventa y nueve a tres mil doscientos veintidós plazas.

Por último, se precisa que el personal que, de ser el caso, ocupe las plazas adicionales aprobadas por el presente Acuerdo, será tomado en estricto orden de prelación descendente, de la lista de reserva aprobada por el Acuerdo IEEM/JG/19/2011, referido en el Resultando 6.

   

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-Se aprueba la ampliación de la Plantilla de plazas para Instructores y Capacitadores para el Proceso Electoral de Gobernador 2011, en los términos que se indican en el Considerando X del presente Acuerdo.

SEGUNDO.-El personal que, de ser el caso, ocupe las plazas adicionales aprobadas por el presente Acuerdo, será tomado en estricto orden de prelación descendente, de la lista de reserva aprobada por el Acuerdo IEEM/JG/19/2011, referido en el Resultando 6 de este documento,previa presentación de la incapacidad médica.

TERCERO.-La Dirección de Administración, proveerá lo necesario para la aplicación del presente Acuerdo.

CUARTO.- Se instruye a la Secretaría de Acuerdos para que, en su carácter de Secretario Ejecutivo General, informe al Consejo General de la ampliación aprobada por el presente Acuerdo.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en sesión ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día veintitrés de marzo del año dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL