INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Extraordinaria del día cuatro de febrero del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/15/2011

Propuestas de candidatos a Consejeros Electorales propietario y suplentes de Consejos Distritales Electorales, con motivo de la renuncia de diversos Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, nombrados por el Consejo General mediante Acuerdo número IEEM/CG/06/2011.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
ÚNICO. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria especial celebrada en fecha veintisiete de enero del año en curso, designó mediante Acuerdo número IEEM/CG/06/2011, a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales para el Proceso Electoral de Gobernador 2011; Acuerdo cuyo Punto Tercero determinó que el Consejo General podrá sustituir en forma fundada y motivada a cualquiera de los Consejeros Electorales designados por dicho Acuerdo y designará a los sustitutos de entre el resto de los ciudadanos no insaculados por distrito; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78 primer párrafo, prevén que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95 fracciones VI y VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los consejeros distritales de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, destacándose que por cada consejero habrá un suplente; así como de acordar lo conducente para la integración de los órganos desconcentrados del Instituto.
   
III. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 99 fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General proponer al Consejo General, candidatos a consejeros electorales de los Consejos Distritales Electorales.
   
IV. Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 116, párrafo tercero, establece que de producirse la ausencia definitiva del Consejero Electoral propietario de un Consejo Distrital Electoral, el suplente será llamado para asumir el cargo de Consejero Electoral propietario hasta el término del proceso electoral; al efecto será citado para que concurra a la siguiente sesión del Consejo Distrital de que se trate a rendir la protesta de ley.
   
V. Que en términos del artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, corresponde a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México proponer al Órgano Superior de Dirección la sustitución de Consejeros Electorales de los Consejos Distritales, que presente la Junta General.
   
VI. Que los ciudadanos que a continuación se enlistan, quienes habían sido designados como Consejeros Electorales, propietarios y suplentes, de las fórmulas que a continuación se señalan, presentaron renuncia al cargo, en las fechas que de igual manera se indican:

DISTRITO

CABECERA

FECHA EN QUE SE RECIBIÓ
LA RENUNCIA

NOMBRE DEL CONSEJERO PROPIETARIO QUE RENUNCIA

CARGO

XXVI

NEZAHUALCOYOTL

31 DE ENERO DE 2011

Carlos Domínguez Solano

CONSEJERO PROPIETARIO 3

XL

IXTAPALUCA

31 DE ENERO DE 2011

Prudencio Hernández Hernández

CONSEJERO PROPIETARIO 5

 

DISTRITO

CABECERA

FECHA EN QUE SE RECIBIÓ
LA RENUNCIA

NOMBRE DEL CONSEJERO SUPLENTE QUE RENUNCIA

CARGO

V

TENANGO DEL VALLE

3 DE FEBRERO DE 2011

Maria Guadalupe Colindres Zamora

CONSEJERO SUPLENTE 3

IX

TEJUPILCO

3 de Febrero de 2011

José Saide Gorostieta Plata

CONSEJERO SUPLENTE 3

1 DE FEBRERO DE 2011

Francisco Hernández Margarito

CONSEJERO SUPLENTE 6

XIII

ATLACOMULCO

2 DE FEBRERO DE 2011

Yesica Caballero Pérez

CONSEJERO SUPLENTE 4

XV

IXTLAHUACA

3 de Febrero de 2011

Oscar Sánchez de Jesús

CONSEJERO SUPLENTE 1

31 DE ENERO DE 2011

José Concepción Flores Barrios

CONSEJERO SUPLENTE 5

XXXIV

IXTAPAN DE LA SAL

2 DE FEBRERO DE 2011

Carmelo Miguel Hernández Tlapale

CONSEJERO SUPLENTE 1

XXVI

NEZAHUALCOYOTL

3 de Febrero de 2011

Viridiana Aupart Vargas

CONSEJERO SUPLENTE 2

XXXVIII

COACALCO

2 DE FEBRERO DE 2011

Fortunato Vidal Rodríguez García

CONSEJERO SUPLENTE 1

   
VII. Que los Consejeros Electorales Distritales, propietario y suplente de la misma fórmula, cuyos nombres se mencionan a continuación, del  Consejo Distrital que se cita, presentaron renuncia al cargo en las fechas que igualmente se refieren en seguida:

DISTRITO

CABECERA

FECHA EN QUE SE
RECIBIÓ LA RENUNCIA

NOMBRE DEL CONSEJERO QUE RENUNCIA

CARGO

XVII

HUIXQUILUCAN

29 DE ENERO DE 2011

Virginia Gutiérrez Hernández

CONSEJERO PROPIETARIO 3

1 DE FEBRERO DE 2011

Carmen Victoria Hermenegildo Valencia

CONSEJERO SUPLENTE 3

   
VIII. Que con motivo de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales propietarios anteriormente mencionados, y en estricto acatamiento a lo que establece el artículo 116 párrafo tercero del Código Electoral del Estado de México, los respectivos Consejeros Electorales suplentes asumieron el cargo y tomaron protesta como Consejeros Electorales Distritales propietarios, en sesión de fecha tres de febrero del año en curso, en los siguientes términos:

DISTRITO

CABECERA

CARGO

NOMBRE DEL CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE QUE ASUME COMO PROPIETARIO (ART. 116 PÁRR. 3 DEL CEEM)

XXVI

NEZAHUALCOYOTL

CONSEJERO PROPIETARIO 3

Ma Raquel Natalia Sánchez Villa

XL

IXTAPALUCA

CONSEJERO PROPIETARIO 5

Maria de los Angeles Chao Hernández

   
IX. Que en razón de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales propietarios ya mencionadas, por las que los suplentes asumieron el cargo, de la renuncia de la fórmula completa que se menciona en el Considerando anterior, así como de las renuncias de los Consejeros Electorales Distritales suplentes igualmente ya indicadas, han quedado vacantes los cargos de Consejeros Electorales Distritales propieraio y suplentes mencionado, y toda vez que el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México ordena categóricamente que por cada Consejero propietario habrá un suplente, resulta necesario designar nuevos Consejeros Electorales Distritales en esos casos.

Por lo anterior, esta Junta General estima procedente que se remitan al Consejo General las listas en orden alfabético, con los 24  y con 12 los 12 ciudadanos en los casos de los Distritos XVIII y XXXVII, que no resultaron insaculados por el Consejo General al momento de la designación de los Consejeros Electorales Distritales que realizó mediante Acuerdo IEEM/CG/06/2011, a efecto de que el Órgano Superior de Dirección mediante el mismo proceso de insaculación, si así lo considera pertinente, realice las sustituciones y designaciones correspondientes.

Asimismo, esta Junta General considera que de existir a futuro la necesidad de sustituciones de Consejeros Electorales Distritales, de adoptar el Consejo General el procedimiento de designación por insaculación, se haga del conocimiento directamente por la Secretaría Ejecutiva General al Órgano Superior de Dirección, para que proceda en consecuencia.

En razón de lo anterior, esta Junta General, con fundamento en el artículo 1.43 fracción XX del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, hace del conocimiento de la Comisión de Organización y Capacitación, lo aprobado por el presente Acuerdo.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-    Se aprueba remitir al Consejo General las listas en orden alfabético, con los 24  y con 12 los ciudadanos en los casos de los Distritos XVIII y XXXVII, que no resultaron insaculados por el Consejo General al momento de la designación de los Consejeros Electorales Distritales que realizó mediante Acuerdo IEEM/CG/06/2011, a efecto de que el Órgano Superior de Dirección mediante el mismo proceso de insaculación, si así lo considera pertinente, realice las sustituciones y designaciones correspondientes.

SEGUNDO.-   Se aprueba proponer al Consejo General que de existir a futuro la necesidad de sustituciones de Consejeros Electorales Distritales, y para el caso de que el Consejo General adopte el procedimiento de designación por insaculación, se haga del conocimiento directamente del Órgano Superior de Dirección a través de la Secretaría Ejecutiva General, para que proceda en consecuencia.

TERCERO.-   Se instruye a la Secretaría de Acuerdos haga del conocimiento de la Comisión de Organización y Capacitación lo aprobado por el presente Acuerdo, para los efectos previstos en el artículo 1.43, fracción XX, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día cuatro de febrero del año dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL 

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL