INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUNTA GENERAL

Sesión Extraordinaria del día diecisiete de enero del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/JG/07/2011

Propuestas de Candidatos a Consejeros Electorales Distritales para la Elección de Gobernador 2011, para su remisión a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Visto, por los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario de Acuerdos, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria del día primero de octubre del año dos mil diez, expidió a través del Acuerdo número IEEM/CG/37/2010, los “Lineamientos para la integración de la propuesta de Consejeros Electorales Distritales, para la Elección de Gobernador de 2011".
   
2. Que conforme a la aplicación de los Lineamientos referidos en el Resultando que antecede, en el periodo comprendido del 11 al 29 de octubre del año 2010, a través del personal comisionado en las 27 sedes regionales correspondientes, se llevó a cabo el procedimiento de recepción de Cédulas de Registro de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales y la documentación correspondiente, recibiéndose 5,152 cédulas de aspirantes a consejeros electorales distritales.
   
3. Que de conformidad a lo establecido en el numeral F, octavo párrafo, de los Lineamientos mencionados en el Resultando 1 del presente Acuerdo, hasta el día 17 de diciembre del año 2010, adicionalmente a lo recepcionado en las sedes, a través de la Oficialía de Partes del Instituto Electoral del Estado de México la Secretaría Ejecutiva General recibió 651 cartas de intención de aspirantes a Vocal, por las cuales manifiestan su interés en participar como aspirantes a Consejeros Electorales Distritales.
   
4. Que derivado de lo precisado en los Resultandos que anteceden, a partir del 12 de octubre y hasta el 17 de diciembre de 2010, la Unidad de Informática y Estadística, recibió de la Dirección de Organización, las cédulas de registro respectivas y los expedientes de los aspirantes a Vocales (que mediante su carta de intención optaron por participar en la integración de la propuesta para consejeros electorales distritales), procediendo a la captura de los datos contenidos en esos documentos, en el “Sistema de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales para la elección de Gobernador 2011”.
   
5. Que una vez concluida la captura de la información, la Dirección de Organización en apoyo a la Junta General, procedió a preparar la propuesta de Listas por Distrito de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales 2011, las cuales fueron conocidas por la Junta General en sesión ordinaria celebrada en fecha seis de diciembre del año dos mil diez y remitidas a la Comisión de Organización y Capacitación, para efectos de que realizara las observaciones que estimara pertinentes, de conformidad con la actividad 11 de los Lineamientos para la integración de la propuesta de Consejeros Electorales Distritales, para la Elección de Gobernador de 2011.
   
6. Que una vez que se hicieron del conocimiento de los integrantes de la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, las Listas referidas en el Resultando que antecede, mediante oficio número IEEM/COC/ST/0146/2010, de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil diez, el Consejero Presidente de la Comisión mencionada, informó al Secretario Ejecutivo General que no se recibió observación alguna a las Listas en cuestión, por parte de los integrantes de la Comisión ya referida.
   
7. Que la Dirección de Organización, mediante oficio número IEEM/DO/0716/2010, de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil diez, remitió a la Secretaría Ejecutiva General dos discos compactos que contienen: 1. Propuesta de Listas Definitivas por Distrito de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales 2011, constante de 5,682 aspirantes; las fichas curriculares respectivas, así como el estadístico correspondiente; y 2. Propuestas de Listas de solicitudes para Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales 2011, que conforme a los Lineamientos aplicables, no pueden ser considerados en la propuesta definitiva, constante de 121 solicitantes; información en la que se incluyen las cartas de intención de aspirantes a vocales recibidas hasta el día 17 de diciembre del año 2010, a efecto de que la Junta General integrelapropuesta de candidatos a Consejeros Electorales Distritales (con al menos 24 ciudadanos por distrito) a la Comisión de Organización y Capacitación;
   
8. Que en apoyo a la Junta General, la Dirección de Organización elaboró una Propuesta de Criterios de Valoración Curricular que considera los estudios y experiencia laboral en materia político electoral de los aspirantes, misma que se adjunta a este Acuerdo, con base en la cual se preparó una Propuesta de Listas Definitivas por Distrito de Candidatos a Consejeros Electorales Distritales 2011 con Valoración Curricular, en las que se identifican los aspirantes que carecen de conocimientos en materia político electoral, de conformidad con lo asentado por los propios ciudadanos en las cédulas de registro respectivas, y aquéllos que fueran acreditados como representantes ante las mesas directivas de casilla, representantes generales o representantes ante algún Consejo Distrital o Municipal, de algún partido político o coalición, en el proceso electoral de ayuntamientos y diputados de 2009, de acuerdo con la confronta realizada por la Unidad de Informática y Estadística con las bases de datos institucionales; presentándose a los aspirantes en el orden de mayor a menor puntaje obtenido; y
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
II. Que de conformidad con el artículo 79, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral.
   
III. Que en términos de la fracción IV, del artículo 81, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México, tiene entre sus fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar al Titular del Poder Ejecutivo.
   
IV. Que atento a lo previsto por el artículo 95, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General designará, para la elección de Gobernador del Estado, de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, a los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales en el mes de enero, del año de la elección de que se trate. Por cada Consejero propietario habrá un suplente.
   
V. Que conforme al artículo 99, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Junta General proponer al Consejo General candidatos a Consejeros Electorales de los Consejos Distritales.
   
VI. Que de acuerdo a la fracción II, del artículo 110, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México contará en cada uno de los distritos electorales con un Consejo Distrital, con sede en la cabecera de cada uno de los distritos electorales.
   
VII. Que con apego a la fracción II, del artículo 113, del Código Electoral del Estado de México, los Consejos Distritales Electorales funcionarán durante el proceso para la elección de Gobernador y se integrarán, entre otros miembros, por seis Consejeros Electorales, con voz y voto, electos en los términos señalados por el propio ordenamiento legal.
   
VIII. Que el artículo 1.43, fracción VI, del Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, confiere a la Comisión de Organización y Capacitación, la atribución de vigilar la integración, instalación y funcionamiento de los Consejos Distritales.
   
IX. Que la fracción V, “Procedimiento”, inciso G, “Integración de las listas por distrito, para su revisión por los integrantes del Consejo General”, párrafos del primero al tercero, de los Lineamientos para la integración de la propuesta de Consejeros Electorales Distritales, para la Elección de Gobernador de 2011, establece:

“Una vez concluida la captura de las Cédulas de Registro de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales, y recibidas las Fichas Curriculares generadas por el sistema, la Junta General con apoyo de la Dirección de Organización procederá a preparar las listas por distrito de los ciudadanos aspirantes a Consejeros Electorales Distritales, lo cual concluirá a más tardar el 26 de Noviembre de 2010.

La Junta General remitirá las listas por distrito de los ciudadanos aspirantes a Consejeros Electorales Distritales a la Comisión de Organización y Capacitación, para que sus integrantes revisen y, en su caso, presenten por escrito sus observaciones debidamente sustentadas, al Presidente de la Comisión, quien las enviará a la Junta General.

La Junta General analizará las observaciones recibidas de la Comisión y procederá a integrar la propuesta de candidatos a Consejeros Electorales Distritales (con al menos 24 ciudadanos por Distrito). Para tal efecto, la Junta General tomará en cuenta los estudios y experiencia laboral en materia político electoral de los aspirantes. Aprobará y remitirá la propuesta a la Comisión de Organización y Capacitación”.

   
X. Que esta Junta General, una vez que conoció la “Propuesta de Listas Definitivas por Distrito de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales 2011”; la “Propuesta de Listas de Solicitudes para Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales 2011 que conforme a los Lineamientos aplicables no pueden ser considerados en la propuesta definitiva”; la “Propuesta de Criterios de Valoración Curricular” y la “Propuesta de Listas Definitivas por Distrito de Aspirantes a Consejeros Electorales Distritales 2011 con Valoración Curricular”, que le fueran presentadas por la Dirección de Organización del Instituto Electoral del Estado de México, considera procedente aprobar en sus términos dichas propuestas; considerando en particular, respecto a la última de las propuestas mencionadas que en su elaboración se toma en cuenta los estudios y experiencia laboral en materia político electoral de los aspirantes, tal y como se previene en el párrafo tercero del apartado G, de los Lineamientos para la integración de la propuesta de Consejeros Electorales Distritales, para
   

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de

ACUERDO

PRIMERO.- La Junta General aprueba las listas definitivas por distrito de aspirantes a consejeros electorales distritales 2011; las listas de solicitudes para aspirantes a consejeros electorales distritales 2011 que conforme a los lineamientos aplicables no pueden ser considerados en la propuesta definitiva; la propuesta de criterios de valoración curricular y la propuesta de listas definitivas por distrito de aspirantes a consejeros electorales distritales 2011 con valoración curricular, adjuntas al presente acuerdo y que forman parte del mismo.

SEGUNDO.- La Junta General aprueba las Propuestas “A” y “B” de Candidatos a Consejeros Electorales Distritales para la elección de Gobernador 2011, e instruye a la Secretaría de Acuerdos, las remita a la Comisión de Organización y Capacitación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, con la demás información que se refiere en los Resultandos 7 y 8 de este Acuerdo, conforme a la actividad prevista en el párrafo tercero, del inciso G, del apartado V, de los Lineamientos para la Integración de la Propuesta de Consejeros Electorales Distritales, para la Elección de Gobernador de 2011.

Así lo aprobaron por mayoría de votos, los integrantes de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México con derecho a voto, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día diecisiete de enero de dos mil once, firmándose de conformidad con lo establecido por el artículo 7 fracción IX del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE
Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL

 

SECRETARIO DE ACUERDOS

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
SECRETARIO EJECUTIVO GENERAL

DIRECTOR DE ORGANIZACIÓN

LIC. JESÚS GEORGE ZAMORA

   

DIRECTOR DE CAPACITACIÓN

LIC. RAFAEL PLUTARCO GARDUÑO GARCÍA

(voto en contra)

DIRECTOR DE PARTIDOS POLÍTICOS

DR. SERGIO ANGUIANO MELÉNDEZ

   

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO

DIRECTOR DEL SERVICIO ELECTORALPROFESIONAL

L. A. E. HUMBERTO INFANTE OJEDA

   

DIRECTORA JURÍDICO-CONSULTIVA
COMO INTEGRANTE DE LA JUNTA GENERAL

LIC. ALMA PATRICIA SAM CARBAJAL

 
ANEXOS
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D