LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS FINANCIEROS Y LA COMPROBACIÓN DE GASTOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO 1.- DEL MARCO NORMATIVO. . CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN . REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN . CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO . NORMATIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO. 2.- DEL OBJETIVO. De conformidad con lo dispuesto por la fracciones I y II del artículo 203 del Código Electoral del Estado de México, es atribución de la Dirección de Administración aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto, así como la prestación de los servicios generales, los presentes criterios pretenden establecer y dar a conocer a los enlaces administrativos, las acciones que deberán tomarse en cuenta para la recepción de recursos financieros y la comprobación de los gastos derivados de la atención de las diversas actividades institucionales llevadas a cabo en los órganos desconcentrados. 3.- DE LAS RESPONSABILIDADES. I. Será responsabilidad de los enlaces administrativos la aplicación de los presentes criterios y de las Subdirecciones de la Dirección de Administración, su seguimiento y cumplimiento. II. El enlace administrativo será responsable de realizar los trámites administrativos, para proveer a su Junta de los insumos que requieran para la ejecución de sus funciones, evitando, en la medida de lo posible, que los vocales gestionen recursos por escrito directamente a la Dirección de Administración. 4.- DEL OTORGAMIENTO DE RECURSOS I. La Subdirección de Recursos Humanos y Servicios Generales de la Dirección de Administración, solicitará por escrito la elaboración de cheques para cada servidor público electoral que funja como enlace administrativo, tomando en cuenta el gasto histórico por centro de costo (ANEXO UNO) o la estimación correspondiente a fin de dotarlos del recurso que será utilizado como fondo revolvente, cuya utilización se destinará a cubrir erogaciones menores con cargo a las partidas presupuestales de los capítulos 2000 “Materiales y Suministros“ y 3000 “Servicios Generales”. Queda estrictamente prohibido realizar adquisiciones de mobiliario identificado en el capítulo 5000 “Bienes Muebles”. II. Los recursos financieros y materiales, deberán utilizarse exclusivamente para el cumplimiento de los objetivos y actividades Institucionales. 5.- DE LA COMPROBACIÓN. I. Los enlaces administrativos deberán integrar el expediente que contenga la documentación original (facturas o comprobantes) de los gastos efectuados, preferentemente antes de agotar el cincuenta por ciento del importe asignado. Los comprobantes deberán acompañarse del formato denominado “SOLICITUD DE COMPROBACIÓN DE GASTOS” (ANEXO DOS), a manera de portada debidamente requisitado. Para tal efecto, deberá señalar la partida presupuestal y sus respectivos subtotales de acuerdo a cada tipo de gasto de conformidad con los insumos adquiridos o la prestación del servicio contratado. (ANEXO TRES). II. En las actividades programadas (TÉRMINOS DE LEY, SESIONES Y REUNIONES DE CONSEJO O COMISIONES, ASÍ COMO RECORRIDOS DERIVADOS DE SUS ACUERDOS), la comprobación del gasto deberá entregarse para su trámite en el Departamento de Control Presupuestal dentro de los diez días hábiles posteriores al término de la actividad o comisión que le dio origen. La fecha de los comprobantes debe corresponder y estar dentro del periodo asignado para el desarrollo de la comisión III. Para las erogaciones derivadas de la adquisición de bienes o la contratación de servicios para el cumplimiento de actividades ordinarias (SERVICIOS, ADECUACIONES, REFACCIONES, MATERIALES) y para los cuales se haya expedido cheque especifico, la documentación comprobatoria deberá presentarse para su revisión dentro de los diez días posteriores a la fecha en que se haya emitido el comprobante respectivo. IV. El remanente no utilizado, debe reintegrarse exclusivamente a través de un depósito bancario en la cuenta número 51500373652, Sucursal 100 de Banco Santander, S.A., a nombre del Instituto Electoral del Estado de México. Dicho documento deberá entregarse en la Caja de la Dirección de Administración para su registro correspondiente, con copia para su acuse respectivo. V. Ningún depósito debe integrarse a la comprobación del gasto. VI. La documentación original comprobatoria deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación y los artículos 37 y 38 de su Reglamento (ANEXO CUATRO). Además deberá verificarse que estén correctamente descritos los datos fiscales del Instituto: . Nombre: Instituto Electoral del Estado de México . RFC: IEE960302548 . Domicilio: Paseo Tollocan número 944, Santa Ana Tlapaltitlán, Toluca de Lerdo, Estado de México, C.P. 50160. VII. Las comprobaciones del gasto para las comisiones a zonas rurales donde no es posible obtener comprobantes con los requisitos fiscales que marca la ley o que se trate del pago de mano de obra que no exceda de cien pesos, deberá estar previamente autorizado por la Dirección de Administración y se hará a través del formato incluido en el ANEXO CINCO, el cual deberá estar debidamente firmado por los responsables del gasto y por el prestador del servicio. VIII. El gasto derivado del traslado del personal vía terrestre (peajes) en cumplimiento a los objetivos institucionales, deberá soportarse con algún documento que justifique la comisión (ANEXO SEIS). IX. Por recomendación de la Contraloría General del Instituto y de manera preferente, la documentación que se presente para comprobar el gasto derivado del consumo de alimentos, deberá acompañarse del ticket de consumo o su respectivo desglose en el documento. X. Para agilizar la revisión de las comprobaciones, el enlace administrativo deberá separar la documentación, tomando en cuenta el tipo de gasto y la partida presupuestal, asimismo deberá considerar el precio unitario marcado en los tickets de los supermercados que incluye el IVA. 6.- DE LA DOTACIÓN DE COMBUSTIBLE I. El Enlace Administrativo será responsable de tramitar, suministrar y controlar el combustible que se requiera mediante solicitudes oficiales (ANEXO SIETE) para el traslado a los destinos, para el desempeño y cumplimiento de las actividades de los Órganos Desconcentrados, así como para el funcionamiento de equipos que requieran combustible o para los lubricantes necesarios. II. El suministro de combustible eventual será proporcionado por la Dirección de Administración en atención a solicitudes oficiales, firmadas por los vocales de los Órganos Desconcentrados, en el formato correspondiente de manera oportuna y con la justificación pertinente. III. El pago de notas por consumo de combustible no será procedente, el Enlace administrativo deberá comunicarlo a los Servidores Electorales del Órgano Desconcentrado. IV. Los vocales de la Juntas, elaborarán las solicitudes de combustible, justificándolas plenamente antes de ser entregadas a la Dirección de Administración, considerando los siguientes requisitos: . La comisión o actividad . Fecha o periodo de la comisión o actividad . El tipo de vehículo o vehículos a utilizar . Las placas del vehículo o vehículos a utilizar . El destino o la ruta . La persona que realizará la comisión o actividad . Observaciones pertinentes como son: El tipo de caminos (rural o urbano) o carreteras a recorrer, las condiciones de los caminos o carreteras, la cantidad de las personas y el peso que se transporta en el (los) vehículo (s) V. El combustible y lubricante requeridos en la operación de bombas, plantas de energía y equipos similares, serán proporcionados mediante solicitud oficial en el formato correspondiente, firmadas por el vocal ejecutivo. VI. Los vocales deberán cuidar en todo momento que los traslados sean los estrictamente necesarios para el cumplimiento de las actividades oficiales. VII. El Enlace Administrativo tendrá la obligación de revisar que las solicitudes de combustible sean estrictamente las necesarias para el cumplimiento de las actividades de la Junta, asimismo verificará que estén debidamente justificadas antes de su presentación a la Dirección de Administración. El enlace administrativo y los vocales de las Juntas, deberán garantizar ante cualquier revisión, la realización de las comisiones a los destinos y fechas señaladas en sus solicitudes, de no haberse realizado alguna comisión se deberá informar oficialmente a la Dirección de Administración de los cambios y en su caso se deberá realizar la devolución de los vales. 7. DE LAS GENERALIDADES I. Por recomendaciones de la Contraloría General del Instituto, en el formato presentado para efectos de la comprobación del gasto se evitará realizar correcciones en partidas presupuestales y en operaciones aritméticas. II. De la revisión efectuada a la documentación comprobatoria, el Departamento de Control Presupuestal podrá regresar la documentación para su debida corrección. III. La oportuna emisión del cheque de reembolso, dependerá de la correcta integración del expediente de comprobación y el llenado del formato respectivo. IV. La documentación comprobatoria debe presentarse en hoja tamaño carta, preferentemente impreso a computadora o letra de molde legible y sin enmendaduras ni tachaduras, la documentación deberá pegarse con lápiz adhesivo nunca debe engraparse. V. Cuando se presenten situaciones imprevistas que requieran de autorización para llevarse a cabo, deberán consultarse con el coordinador de enlaces para resolver el asunto o canalizar la petición al área respectiva. VI. Lo no previsto por estos criterios, así como su interpretación, será normado y resuelto por las Subdirecciones de la Dirección de Administración del Instituto Electoral del Estado de México. ANEXO UNO CATÁLOGO DE CENTROS COSTO (JUNTAS DISTRITALES CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO 8001 Toluca 8024 Nezahualcóyotl 8002 Toluca 8025 Nezahualcóyotl 8003 Temoaya 8026 Nezahualcóyotl 8004 Lerma 8027 Chalco 8005 Tenango del Valle 8028 Amecameca 8006 Tianguistenco 8029 Naucalpan 8007 Tenancingo 8030 Naucalpan 8008 Sultepec 8031 La Paz 8009 Tejupilco 8032 Nezahualcóyotl 8010 Valle de Bravo 8033 Ecatepec 8011 Santo Tomás 8034 Ixtapan de la Sal 8012 El Oro 8035 Metepec 8013 Atlacomulco 8036 Villa del Carbón 8014 Jilotepec 8037 Tlalnepantla 8015 Ixtlahuaca 8038 Coacalco 8016 Atizapán de Zaragoza 8039 Otumba 8017 Huixquilucan 8040 Ixtapaluca 8018 Tlalnepantla 8041 Nezahualcóyotl 8019 Cuautitlán 8042 Ecatepec 8020 Zumpango 8043 Cuautitlán Izcalli 8021 Ecatepec 8044 Nicolás Romero 8022 Ecatepec 8045 Zinacantepec 8023 Texcoco ANEXO UNO CATÁLOGO DE CENTROS COSTO (JUNTAS MUNICIPALES) CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO 9001 Acambay 9026 Chalco 9002 Acolman 9027 Chapa de Mota 9003 Aculco 9028 Chapultepec 9004 Almoloya de Alquisiras 9029 Chiautla 9005 Almoloya de Juárez 9030 Chicoloapan 9006 Almoloya del Rio 9031 Chiconcuac 9007 Amanalco 9032 Chimalhuacán 9008 Amatepec 9033 Donato Guerra 9009 Amecameca 9034 Ecatepec de Morelos 9010 Apaxco 9035 Ecatzingo 9011 Atenco 9036 Huhuetoca 9012 Atizapán 9037 Hueypoxtla 9013 Atizapán de Zaragoza 9038 Huixquilucan 9014 Atlacomulco 9039 Isidro Fabela 9015 Atlautla 9040 Ixtapaluca 9016 Axapusco 9041 Ixtapan de la Sal 9017 Ayapango 9042 Ixtapan del Oro 9018 Calimaya 9043 Ixtlahuaca 9019 Capulhuac 9044 Xalatlaco 9020 Coacalco de Berriozabal 9045 Jaltenco 9021 Coatepec Harinas 9046 Jilotepec 9022 Cocotitlán 9047 Jilotzingo 9023 Coyotepec 9048 Jiquipilco 9024 Cuatitlán 9049 Jocotitlán 9025 Cuatitlán Izcalli 9050 Joquicingo ANEXO UNO CATÁLOGO DE CENTROS COSTO (JUNTAS MUNICIPALES) CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO 9051 Juchitepec 9076 San Martín de las Pirámides 9052 Lerma 9077 San Mateo Atenco 9053 Malinalco 9078 San Simón de Guerrero 9054 Melchor Ocampo 9079 Santo Tomás 9055 Metepec 9080 Soyaniquilpan de Juárez 9056 Mexicaltcingo 9081 Sultepec 9057 Morelos 9082 Tecámac 9058 Naucalpan de Juárez 9083 Tejupilco 9059 Nextlalpan 9084 Temamatla 9060 Nezahualcóyotl 9085 Temascalapa 9061 Nicolás Romero 9086 Temascalcingo 9062 Nopaltepec 9087 Temascaltepec 9063 Ocoyoacac 9088 Temoaya 9064 Ocuilan 9089 Tenancingo 9065 El Oro 9090 Tenango del Aire 9066 Otumba 9091 Tenango del Valle 9067 Otzoloapan 9092 Teoloyucan 9068 Otzolotepec 9093 Teotihuacán 9069 Ozumba 9094 Tepetlaoxtoc 9070 Papalotla 9095 Tepetlixpa 9071 La Paz 9096 Tepotzotlán 9072 Polotitlán 9097 Tequixquiac 9073 Rayón 9098 Texcaltitlán 9074 San Antonio la Isla 9099 Texcalyacac 9075 San Felipe del Progreso 9100 Texcoco ANEXO UNO CATÁLOGO DE CENTROS COSTO (JUNTAS MUNICIPALES) CENTRO DE COSTO ÓRGANO DESCONCENTRADO 9101 Tezoyuca 9102 Tianguistenco 9103 Timilpan 9104 Tlalmanalco 9105 Tlalnepantla de Baz 9106 Tlatlaya 9107 Toluca 9108 Tonatico 9109 Tultepec 9110 Tultitlán 9111 Valle de Bravo 9112 Villa de Allende 9113 Villa del Carbón 9114 Villa Guerrero 9115 Villa Victoria 9116 Xonacatlán 9117 Zacazonapan 9118 Zacualpan 9119 Zinacantepec 9120 Zumpahuacán 9121 Zumpango 9122 Valle de Chalco Solidaridad 9123 Luvianos 9124 San José del Rincón 9125 Santa María Tonanitla SOLICITUD DE COMPROBACIÓN DE GASTOS (ANEXO DOS) TOLUCA, MÉXICO; XX DE XXXXX DE 2014 REQUERIMIENTO NOMBRE DEL BENEFICIARIO: (NOMBRE DEL ENLACE ADMINISTRATIVO) IMPORTE: $ (CANTIDAD CON LETRA) COMPROBANTE ORIGINAL: SI NO UNIDAD ADMINISTRATIVA: (NOMBRE Y NÚMERO DE LA JUNTA DISTRITAL O MUNICIPAL) ADJUNTO AL PRESENTE REMITO A USTED LOS DOCUMENTOS ORIGINALES QUE AMPARAN LOS GASTOS EFECTUADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE DIVERSAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES, CON LA FINALIDAD DE SOLICITARLE AL LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ATENTA Y RESPETUOSAMENTE, LA ELABORACIÓN DE CHEQUE PARA EL REINTEGRO DEL RECURSO RESPECTIVO. PRESUPUESTAL CARGANDO EL GASTO A LAS PARTIDAS SIGUIENTES: PARTIDA PRESUPUESTAL SUBTOTAL OBSERVACIONES $ $ $ $ $ $ $ $ TOTAL: $ ATENTAMENTE NOMBRE Y FIRMA DEL ENLACE ADMINISTRATIVO VO. BO. NOMBRE Y FIRMA DEL VOCAL EJECUTIVO Y SELLO DE LA JUNTA VALIDACIÓN PRESUPUESTAL MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ REBOLLAR CONTROL PRESUPUESTAL C.P. HÉCTOR ESQUIVEL JAIMES SUBDIRECTOR DE FINANZAS AUTORIZÓ LIC. JOSÉ MONDRAGÓN PEDRERO DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN ANEXO TRES RELACIÓN DE PARTIDAS DE GASTO QUE SE PUEDEN EJERCEN EN LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS PARTIDA DESCRIPCIÓN TIPO GASTO OBSERVACIONES 2111 Materiales y útiles de oficina. Adquisición de artículos de papelería, libretas, carpetas u otros insumos que no hayan sido o que no puedan ser suministrados por el almacén del Instituto. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. 2112 Enseres de oficina. Adquisición de toda clase de enseres de oficina como engrapadoras, perforadoras, papeleras u otros de orden similar que no hayan sido o que no puedan ser suministrados por el almacén del Instituto. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. 2122 Material de foto, cine y grabación. Adquisición de material fotográfico o de grabación, tales como pilas, cintas de grabación, rollos fotográficos, material para revelado y duplicado, entre otros. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. 2141 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos. Adquisición de insumos utilizados para procesar, grabar e imprimir información como medios magnéticos, cintas, toners o cartuchos de tinta que no hayan sido o que no puedan ser suministrados por el almacén del Instituto. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. 2161 Material de limpieza. Adquisición de enseres y materiales para la limpieza, aseo e higiene de oficinas como escobas, trapeadores, jergas, jabones, detergentes u otros similares que no hayan sido o que no puedan ser suministrados por el almacén. También contempla servilletas. toallas desinfectantes y papel higiénico, entre otros. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. 2211 Productos alimenticios para personas. Adquisición de productos alimenticios (café, té, azúcar, galletas, cacahuates, papas, dulces en general) y bebidas (refrescos y agua embotellada) para la atención de reuniones institucionales señaladas en el normatividad aplicable. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. PARTIDA DESCRIPCIÓN TIPO GASTO OBSERVACIONES 2231 Utensilios para el servicio de alimentación. Adquisición de artículos desechables como vasos, platos, cubiertos y otros similares que no hayan sido o que puedan ser suministrados por el almacén del Instituto. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Consumibles de la Dirección de Administración. 2921 Refacciones y accesorios menores de edificios. Adquisición de material y repuestos para inmuebles como candados, cerraduras, chapas, manijas para puertas, bisagras, clavos, pintura u otros de carácter similar que resulten necesarios. Su compra estará sujeta a la aprobación del Departamento de Servicios Generales de la Dirección de Administración. 3111 Servicio de energía eléctrica Asignación destinada para el pago del servicio de energía eléctrica en los inmuebles de los órganos desconcentrados. Deberá anexarse el recibo sellado o ticket de pago. El consumo de la energía deberá racionalizarse y ajustarse a las medidas de ahorro que en su caso se establezcan. 3361 Servicios de apoyo administrativo y fotocopiado. Asignación destinada para el pago del servicio de digitalización de documentos oficiales, servicio de fotocopiado, escaneo y corte de papel. Este tipo de gasto sólo procederá en casos justificados, previos a la llegada del equipo de fotocopiado. Los servicios deberán racionalizarse al mínimo indispensable. 3512 Adaptación de locales, almacenes, bodegas y edificios. Asignación destinada para el pago de la mano de obra y materiales para la contratación de servicios de adaptación o remodelación en los inmuebles de los órganos desconcentrados. Su contratación será de acuerdo a los criterios y montos que para tal efecto establezca la Dirección de Administración. 3581 Servicio de limpieza e higiene Asignación destinada al pago del servicio de limpieza, jardinería y fumigación, así como el lavado de manteles en los inmuebles de los órganos desconcentrados. Su contratación será de acuerdo a los criterios y montos que para tal efecto establezca la Dirección de Administración. 3721 Gastos de peaje. Asignación destinada a cubrir el costo de peajes por uso de carreteras de cuota estatal y/o federal, derivado de comisiones oficiales. El gasto deberá sujetarse estrictamente al cumplimiento de actividades o comisiones oficiales y su comprobación se realizará de acuerdo a la normatividad vigente. El gasto podrá realizarse de acuerdo a los criterios y montos que para tal efecto establezca la Dirección de Administración. PARTIDA DESCRIPCIÓN TIPO GASTO OBSERVACIONES 3751 Viáticos. Asignación destinada a cubrir la alimentación del personal que cumple actividades institucionales en lugares distintos a los de su adscripción. El gasto deberá sujetarse estrictamente al cumplimiento de actividades o comisiones oficiales y su comprobación se realizará de acuerdo a la normatividad vigente. 3992 Gastos de servicios menores. Asignación destinada a cubrir el gasto por el servicio de alimentación (tacos, tortas, pizza, verduras, frutas, pan, alimentos perecederos y no perecederos, embutidos, salsas, entre otros) para personal que cubre actividades extraordinarias en el lugar de su adscripción, así como el duplicado de llaves y la adquisición de sellos oficiales, entre otros. El gasto deberá sujetarse estrictamente al cumplimiento de actividades oficiales y su contratación será de conformidad con los montos autorizados por la Dirección de Administración. ANEXO CUATRO REQUISITOS FISCALES QUE DEBERÁN VERIFICARSE EN LOS DOCUMENTOS COMPROBATORIOS PREVIO A LA COMPROBACIÓN DEL GASTO FACTURAS ELECTRÓNICAS (CFDI) . Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien la expida. . Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. . Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas. . Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT. . Sello digital del contribuyente que la expide. . Lugar y fecha de expedición. . Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. . Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. . Valor unitario consignado en número. . Importe total señalado en número o en letra . Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades. . Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos. . Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria) . Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación. . Fecha y hora de certificación. . Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó el sellado Los enlaces administrativos serán los responsables de verificar las actualizaciones que en su caso emitan las autoridades en la materia, respecto de los requisitos fiscales que deben cumplir los comprobantes fiscales impresos y electrónicos. Se sugiere consultar periódicamente la página electrónica: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/default.asp. FORMATO DE COMPROBACIÓN DE GASTOS (ANEXO CINCO) TOLUCA, MÉXICO; XX DE XXXXX DE 2014 BUENO POR $ (NUMERO) RECIBÍ DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DEL ESTADO DE MÉXICO, LA CANTIDAD DE $ (NÚMERO Y LETRA), POR CONCEPTO: (DESCRIPCIÓN AMPLIA Y DETALLADA DEL SERVICIO PRESTADO) DATOS DEL PRESTADOR DEL SERVICIO NOMBRE DEL PROVEEDOR: (NOMBRE) IMPORTE: $ (CANTIDAD CON LETRA) UNIDAD ADMINISTRATIVA: (NOMBRE Y NÚMERO DE LA JUNTA DISTRITAL O MUNICIPAL) RECIBÍ NOMBRE Y FIRMA DEL PRESTADOR DEL SERVICIO COPIA SIMPLE DEL ANVERSO DE LA CREDENCIAL DE ELECTOR DEL PRESTADOR DEL SERVICIO COPIA SIMPLE DEL REVERSO DE LA CREDENCIAL DE ELECTOR DEL PRESTADOR DEL SERVICIO REQUERIMIENTO POR ESTE MEDIO MANIFIESTO A USTED BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NO FUE POSIBLE CONTRATAR EL SERVICIO CON UN PROVEEDOR QUE CONTARA CON DOCUMENTOS QUE REÚNAN LOS REQUISITOS FISCALES QUE MARCA LA LEY, POR LO QUE SE CONTRATÓ EL SERVICIO CON EL PRESTADOR DEL SERVICIO QUE CUENTE CON LA EXPERIENCIA Y OTORGA UN COSTO DE MERCADO O QUE SE AJUSTA A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN. ATENTAMENTE NOMBRE Y FIRMA DEL ENLACE ADMINISTRATIVO VO. BO. NOMBRE Y FIRMA DEL VOCAL EJECUTIVO Y SELLO DE LA JUNTA (ANEXO SEIS) HOJA DE COMPROBACIÓN PARA PEAJES ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO SUBTOTAL POR DÍA: ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO SUBTOTAL POR DÍA: TOTAL POR HOJA: (ANEXO SIETE) Solicitud de Dotación de Combustible Unidad Administrativa: Fecha: Fecha o Periodo Vehículo y Placas Persona(s) que realiza(n) la comisión Actividad o Comisión Lugar de destino o ruta OBSERVACIONES N° De traslados Solicitó Vo.Bo. Sello del Vocal Solicitante Recepción/Sello Vocal Solicitante Nombre y Firma Enlace Administrativo Nombre y Firma Dirección de Administración Para uso de la Dirección de Administración Asignación $ Fecha No. folio Observaciones ANEXO GENERAL EJEMPLO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS COMPROBATORIOS DEL GASTO ÁREA DE PEGADO ÁREA DE PEGADO EN SU CASO LA VALIDACIÓN ANTE EL SAT JUSTIFICACIÓN DEL GASTO: (DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL TIPO DE REUNIÓN O COMISIÓN, INCLUYENDO LA FECHA DE CELEBRACIÓN). SUBTOTAL DE LA PARTIDA 2111: SUBTOTAL DE LA PARTIDA 2112: SUBTOTAL DE LA PARTIDA 3992: TOTAL POR HOJA: _